La nueva  reforma de  2018 a la Ley de la Propiedad Industrial,   ahora, la vigente  Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial que entró en vigor el 5 de noviembre  2020, establece  que  todoslos titulares  de una marca  concedidas después del10 de agosto del 2018 deberán  presentar una  Declaración de  uso obligatoria durante los tres meses posteriores en que se cumpla el tercer año de haberse concedido el registro de la marca.

Si  no  se declara el uso, el registro caducará de pleno derecho. 

¡IMPORTANTE!

Si tu marca fue concedida después del 10 de agosto del 2018, este 2021 deberás presentar una declaración  de uso obligatoria.

 

El no hacerlo causará que caduquen tu marca.

 

 

Renovación de Marca

 

Renovar  una marca permite que sigas  gozando del derecho exclusivo de uso.

 

El registro de una marca tiene una vigencia de 10 años prorrogables por periodos de la misma duración. 

 

La Renovación de marca  deberá ir acompañada  de una declaración de uso.

CONTACTO

 

Tel. (+52) 55 53 60 03 83

 

info@gutierrezymoralesasoc.com

 

Jacarandas No. 11, Jardines de San Mateo Naucalpan, Estado de México. C.P. 53240

 

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